La Sala Plena TSJ  presidida por el magistrado Maikel Moreno, admitió la solicitud de antejuicio de mérito interpuesta por el diputado a la Asamblea Nacional, Pedro Carreño, contra la Fiscal General de la República.

La Sala Plena TSJ admitió el antejuicio de mérito contra la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, por la presunta comisión de faltas graves en el ejercicio de su cargo. La sentencia de la Sala Plena TSJ, con ponencia de la magistrada Marjorie Calderón Guerrero, presidenta de la Sala de Casación Social, explica que esta decisión fue tomada de conformidad con lo previsto en el artículo 279 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo tipificado en los numerales 4, 5, 8 y 9 del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano, y 23 numerales 2 y 3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.

En ese sentido, se acordó convocar a una audiencia pública, así como notificar a Luisa Ortega Díaz, Pedro Carreño y los integrantes del Consejo Moral Republicano a los fines de que comparezcan ante la Sala Plena del Alto Juzgado y expongan lo que consideren pertinente.

TSJ no puede destituir a la Fiscal

Ante esta decisión de la Sala Plena TSJ, el abogado constitucionalista, José Vicente Haro, aseguró que el destino de la Fiscal General de la República sigue estando en manos de la Asamblea Nacional, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.

“Únicamente la Asamblea Nacional tiene capacidad de remover, suspender o destituir a miembros del Poder Ciudadano. El TSJ, ni siquiera en su Sala Plena, tiene facultad para quitar de su cargo a la fiscal general”, explicó.

Precisó que, un antejuicio no puede derivar en sanciones contra Ortega Díaz, ni sentar bases sobre la presunta comisión de delitos, ni siquiera por la denuncia que introdujo el diputado Pedro Carreño (PSUV) acusándola de “insania mental”.