Al incluirse a Venezuela en la categoría de países «C», se exige la Visa Consultada a venezolanos.

Un comunicado de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional de Honduras, hizo de conocimiento pública la exigencia de la Visa Consultada a venezolanos que deseen ingresar al país.

Según explican en el documento, la medida de exigir la Visa Consultada a venezolanos para ingresar a Honduras, se aplica según «el criterio de reciprocidad a fin de que los nacionales de Venezuela sean incluidos en la categoría de países “C” que requieren de Visa Consultada“.

«La Secretaría de Estado comunica que el Gobierno de la República de Honduras ha decidido que sin excepción, los nacionales de la República Bolivariana de Venezuela requerirán de visa consultada para ingresar al territorio nacional», señala parte del comunicado.

Alegan que es una medida de reciprocidad por la solicitud de Visa a hondureños en el territorio Nacional.

Requisitos para solicitar Visa Consultada

Entre los requisitos para la solicitud de Visa Consultada son:

  1. Solicitud de visa de ingreso ante la Secretaría General del Instituto Nacional de Migración.
  2. Carta Poder, debidamente autenticada, conteniendo la dirección exacta del profesional del Derecho actuando como representante legal.
  3. Acta de Responsabilidad, precisando las generales de ley de la persona natural o jurídica responsable en Honduras.
  4. Copia fotostática autenticada del documento de identidad o carné de residencia en Honduras.
  5. Copia fotostática apostillada del pasaporte de la persona para quien se solicita la visa de ingreso.
  6. Certificado Médico autenticado, emitido en el país de origen.
  7. Certificado de Antecedentes Policiales y Penales autenticado, emitido en el país de origen.
  8. Croquis de la ubicación exacta en donde prevé residir el interesado, y fotografía de la fachada de la residencia.
  9. Pago de Cien Dólares Estadounidenses (USD100.00) para el proceso de Visa Consultada, que harán efectivos ante la Tesorería General de la República (Articulo 127, numeral 12 del Reglamento de la Ley de Migración.
  10. Las solicitudes que sean resueltas de manera favorable requieren del pago de Treinta Dólares Estadounidenses (USD 30.00).